Código Penal Artículo 56 nonies Estado de Puebla
Código Penal Puebla
Artículo 56 nonies.
Los vehículos que por ser necesarios para la práctica de diligencias ministeriales se aseguren por delitos culposos ocasionados con motivo del tránsito de vehículos serán entregados de inmediato a sus propietarios, poseedores o representantes legales, en depósito previa inspección ministerial.
El depositario estará obligado a mantener el vehículo dentro del Distrito Judicial del que se trate, a disposición del Ministerio Público, conservándolo como hubiese quedado después de los hechos, salvo autorización expresa y por escrito del Ministerio Público, debiendo presentarlo a la autoridad cuando se le requiera para la práctica de diligencias.
Estado de Puebla Artículo 56 nonies Código Penal
Mejores juristas
Alejandro Ritch
Lic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Freddy Ruiz
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
jose
que procede si la instituciòn del issste sigue dando licencias medicas a un trabajador que ya rebaso los dìas permitidos con goce de sueldo y no le hacen descuento de su salario, esta persona sigue faltando al trabajo porque la licencia la respalda pero ya rebaso los dìas permitidos de acuerdo al art, 37.
Entonces si m retiraron por invalidez enero 16 31 y m dieron la pensiónhasta abril del2021 ya no la puedo meter ni aumento salarial?
Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?
en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años
Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios